- Editorial:
- ESTUDIO ARBIZU & GAMARRA
- Año de edición:
- 2024
- Materia
- Derecho peruano
- ISBN:
- 978-612-49584-0-3
- Páginas:
- 528
- Encuadernación:
- Rústica
EL INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑO
FARO ILUMINADOR DE LAS DECISIONES QUE SE ADOPTEN EN SU FAVOR
GAMARRA HERRERA, RONALD / PÉREZ LEÓN ACEVEDO, JUAN PABLO
Tenemos entre manos un texto que viene a responder a un largo clamor de quienes trabajan con las infancias y adolescencias en nuestro país al brindarnos sólidos referentes doctrinales, jurídicos y práctico-sociales luego de 34 años de CDN. Es decir, el libro permite recuperar el sentido y la fuerza ética del principio del Ilamado interés superior del niño devenido, con frecuencia, en un cliché, en casi un saludo a la bandera. El tema y la amplia ilustración práctica ofrecida, nos abre un desafío mayor a la urgencia de cambio de una cultura sobre infancia que aún sigue encostrada en imaginarios sociales colectivos e incluso no termina de ser una excepción en quienes opinan, comunican, legislan o son receptores de denuncias o juzgan y deciden en materia de infancia, familia, infracciones, etc. Y es que el consagrado principio del ISN es una cuestión esencial e insoslayablemente ética. Su carácter ético, es decir, la naturaleza del principio está centrada en la necesidad de asegurar en la sociedad que cuanto se decida en función del bienestar de las personas, conlleve un real desarrollo en humanización. No asignar a los niños y niñas en cuanto humanos el lugar adecuado a todo nivel, el familiar, el comunitario, el escolar, el judicial, contradice el deber de crecer en humanidad. Por ello el principio del ISN, no emana de un sentimiento de compasión, de caridad, sino de la responsabilidad de hacer de la dignidad de todo ser humano el criterio de ponderación de lo que se haga en la vida cotidiana colectiva como individual.
(Alejandro Cussiánovich Villarán)
Anticipo el impacto y la influencia favorables que el presente estudio tendrá en primer lugar, a favor de nuestros NNAs, a quienes desde ya se debe dar a conocer su contenido, pues es un instrumento formativo, de debate, para que sus mentes enraícen el conocimiento de sus derechos y libertades y el pensamiento crítico con el que deben crecer, pero además, el que tendrá en la comunidad jurídica, operadores y operadoras del Sistema de Administración de Justicia, y la sociedad en general, porque estamos obligadas/os a cerrar esas brechas, encauzar nuevas ideas, desterrar prácticas nocivas, y descolonizar el pensamiento, siempre a favor de ellos y ellas, por ellos y por ellas.
(Elvira Álvarez Olazábal)